BOP TE Número 13 (21 de
enero de 2021) 9
Habiéndose aprobado
definitivamente el expediente Delegación de Competencias del Alcalde se publica
el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del
Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista de los siguientes
antecedentes:
Documento Fecha/N.º Observaciones
Informe-Propuesta de Secretaría 29/12/2020
Examinada la documentación que la
acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a
45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en la Sra.
Concejala Dña. Andrea Villanueva Rodríguez con DNI 1******2 – D, el ejercicio
de la competencia relativa a CULTURA, TURISMO Y PATRIMONIO, SERVICIOS SOCIALES,
IGUALDAD.
Delegar en la Sra. Concejala Dña.
Susana López Machío con DNI 1******6 – L, el ejercicio de la competencia relativa
a EDUCACIÓN Y JUVENTUD, DEPORTES, SUELO Y VIVIENDA, FESTEJOS.
SEGUNDO. Imponer a las delegadas
la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad
mensual y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión
realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con
carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en
al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
TERCERO. Establecer que los actos
dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán
dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
En consecuencia, corresponderá a
esta Alcaldía la competencia para la resolución de los recursos de reposición
contra los actos dictados por el órgano delegado.
CUARTO. Comunicar la presente
resolución al delegado.
QUINTO. Publicar la presente
resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en el municipal.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la
Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la
delegación.
SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo
lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la
delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las
reglas que para la delegación se establecen en dichas normas”.
Contra la presente Resolución,
que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso
de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de nº1 de Teruel, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda
interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Escucha, a 13 de enero de
2021.- El Alcalde – Presidente, Fdo: Héctor García Redondo. |
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