Grupo
1.o:
Técnicos titulados
Categoría
1.a
-
Ingeniero.
Categoría
2.a
-
Facultativos jefes.
Categoría
3.a
-
Facultativos subjefes.
Categoría
4.a
-
Facultativos auxiliares.
Categoría
5.a
-
Vigilantes de primera.
Categoría
6.a
-
Vigilantes de segunda.
Categoría
7.a
-
Vigilantes de tercera.
Grupo
2.o:
Personal técnico no titulado
Categoría
1.a
-
Vigilantes de primera.
Categoría
2.a
-
Vigilantes de segunda.
Categoría
3.a
-
Vigilantes de tercera.
Grupo
3.o:
Personal obrero
Categoría
1.a
-
Mineros de primera. Posteador. Barrenista. Artillero. Maquinista de Arranque.
Picador. Entibador. Electromecánico de primera. Caminero. Maquinista de
tracción. Caballista. Tubero de primera.
Categoría
2.a
-
Tubero
de segunda. Maquinista de balanza o plano inclinado. Embarcador señalista.
Electromecánico de segunda.
Categoría
3.a
-
Ayudante minero.
Categoría
4.a
-
Peones
especialistas. Bombero. Embarcador, Frenero o Enganchador. Frenista de balanza
o plano inclinado.
Categoría
5.a
-
Aprendices.
EXTERIOR
Grupo
4.o:
Personal técnico titulado
Categoría
1.a
-
Ingenieros y Licenciados.
Categoría
2.a
-
Facultativos jefes.
Categoría
3.a
-
Facultativos subjefes.
Categoría
4.a
-
Facultativos
auxiliares. Peritos industriales. Ayudantes técnicos sanitarios. Maestros. Graduados sociales.
Categoría
5.a
-
Vigilantes de primera.
Categoría
6.a
-
Vigilantes de segunda.
Categoría
7.a
-
Vigilantes de tercera.
Grupo
5.o:
Personal técnico no titulado
Categoría
1.a
-
Jefe de servicio.
Categoría
2.a
-
Maestro de servicio o de taller.
Categoría
3.a
-
Encargado de servicio. Vigilante de primera.
Categoría
4.a
-
Vigilante de segunda. Técnicos de organización de servicios (oficiales).
Categoría
5.a
-
Vigilante de tercera. Técnicos de organización de servicios (auxiliares).
Categoría
6.a
-
Técnicos de organización de servicios (aspirantes).
Grupo
6.o:
Personal obrero
- Profesionales
de oficios varios (mecánica, electricidad, construcción, etc.):
Categoría
1.a
-
Oficial de primera.
Catagoría
2.a
-
Oficial de segunda.
Categoría
3.a
-
Ayudante de oficio.
- Profesionales
de oficios propios de minas:
Categoría
1.a
-
Lampistero de primera. Lavador de primera.
Categoría
2.a
-
Lampistero de segunda. Lavador de segunda.
Categoría
3.a
-
Ayudantes.
- Profesionales
de oficios complementarios:
A) De
minas:
Categoría
única.- Cablista. Aserrador de sierra circular o disco. Cabeceador de madera.
Camineros. Comporteros señalistas. Cuadreros herradores. Fogoneros de calderas
fijas. Maquinistas de planos o balanzas con motor. Maquinistas de tractor, grúa
y máquina cargadora.
B) De
ferrocarril:
Categoría
1.a
-
Maquinista de ferrocarril.
Categoría
2.a
-
Fogonero de ferrocarril. Conductor de tren.
- Peones
especialistas:
Categoría
única.- Arrieros. Basculeros de accionamiento mecánico. Bombero. Boyeros o
caballistas. Comporteros. Cuadreros no herradores. Encendedores. Engrasadores.
Frenistas de planos o balanzas automotoras. Guardacambios. Guardafrenos de
ferrocarril o ramal minero de cualquier ancho de vía. Maquinistas o motoristas
de compresor. Medidor de madera. Motoristas de cinta mecánica. Mozos de almacén
y economatos. Peones camineros. Pesador de báscula. Señalista de ferrocarril.
Bolindreros.
Grupo
7.o:
Peones
Categoría
1.a
-
Peones.
Categoría
2.a
-
Pinches de catorce y quince años.
Categoría
3.a
-
Pinches de dieciséis y diecisiete años.
Grupo
8.o:
Personal administrativo y de economatos
Categoría
1.a
-
Jefes de primera.
Categoría
2.a
-
Jefes de segunda. Jefes de despacho de economato de primera.
Categoría
3.a
-
Oficial de primera. Taquimecanógrafos. Traductores. Jefe de despacho de
economato de segunda.
Categoría
4.a
-
Oficial de segunda.
Categoría
5.a
-
Auxiliares administrativos. Mecanógrafos.
Grupo
9.o:
Personal de servicios auxiliares
A)
Personal de custodia y vigilancia:
Categoría
1.a
-
Jefes de guardas jurados.
Categoría
2.a
-
Subjefes de guardas jurados.
Categoría
3.a
-
Guardas jurados.
B)
Personal de despacho:
Categoría
1.a
-
Dependientes.
Categoría
2.a
-
Aspirantes.
C)
Personal de servicios varios:
Categoría
1.a
-
Maquinistas de extracción. Conductores de ómnibus y camiones con carnet de
primera especial.
Categoría
2.a
-
Listeros conductores de turismo y de camiones hasta cinco toneladas.
Categoría
3.a
-
Pesador de báscula de ferrocarril. Almacenero.
Categoría
4.a
-
Conserjes. Apuntadores de madera.
Categoría
5.a
-
Ordenanzas. Enfermeros. Telefonistas.
Categoría
6.a
-
Porteros. Guardabarreras.
Categoría
7.a
-
Botones o recaderos. |
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